| Valor en Aduana | La fuente de la legislación relativa a la evaluación en aduana es el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre dicha evaluación. Este Acuerdo ha sido incorporado al Código Aduanero Comunitario y sus disposiciones de aplicación. El objetivo principal de la evaluación en aduana es la aplicación del arancel aduanero comunitario. El valor en aduana se utiliza para calcular los derechos de aduana, sin olvidar sus efectos en el IVA, las estadísticas y la aplicación de la política comercial. El valor en aduana de las mercancías importadas corresponde a su valor de transacción, es decir, el precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías cuando son vendidas para la exportación a un destino del territorio aduanero de la Comunidad. Un conjunto de normas regula la evaluación en aduana en los casos en que este precio no pueda ser determinado.
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| Vencimiento | Fecha en la que es exigible una obligación.
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