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El Gobierno aprueba una oferta de abono acumulado de desempleo a extranjeros que retornen a su país
22.09.2008
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se reconoce al Servicio Público de Empleo Estatal la posibilidad de abonar, de forma anticipada y acumulada, la prestación contributiva por desempleo a los trabajadores extranjeros no comunitarios que hubieran perdido su empleo en nuestro país y decidieran retornar voluntariamente a su país de origen.

Con esta medida se trata de anticipar a los trabajadores extranjeros de los diecinueve países con los que España tiene suscritos convenios bilaterales en materia de Seguridad Social, y que decidan regresar voluntariamente a su país, la prestación económica por desempleo en la cuantía que tengan reconocida en función de las cotizaciones acreditadas.

El abono de la prestación por desempleo se realizará en euros y en dos plazos: el 40 por 100 en España, una vez reconocido el derecho, y el 60 por 100 en el país de origen, transcurridos treinta días naturales desde el primer pago.

El Gobierno pretende con esta medida ayudar a los trabajadores extranjeros que han contribuido al crecimiento económico de nuestro país, y que han decidido volver al suyo de origen, para que su retorno se realice en las mejores condiciones posibles, proporcionándoles un capital que, sin duda, favorecerá las posibilidades de reinserción laboral en sus naciones.

Esta iniciativa tiene voluntad de convertirse en permanente, para facilitar las denominadas «migraciones circulares», que permiten a las personas migrantes decidir su estancia en España de acuerdo tanto a las oportunidades laborales de su país de origen, como a las de nuestro país.

Por otra parte, trata también de favorecer el desarrollo de los países de origen de los flujos migratorios de nuestro país, con la llegada de personas cualificadas, con experiencia profesional y recursos económicos para continuar trabajando allí.

 

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración

 
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