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Bruselas extiende las leyes de protección de datos a las redes sociales en internet |
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02.03.2009 |
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La Eurocámara ha aprobado extender las normas comunitarias de protección de datos a las redes privadas de comunicación en internet, como Facebook o Myspace, y no sólo a las públicas.
Asimismo, ha descartado que las operadoras deban informar al usuario cuando descarga contenidos ilegales que infrinjan los derechos de autor.
El pleno del Parlamento Europeo aprobó un informe, presentado por diputado británico Malcolm Harbour, que se enmarca dentro del paquete de reformas de la legislación europea sobre Telecomunicaciones que la UE tramita actualmente.
Se trata de un texto que ha suscitado polémica entre las asociaciones de internautas y grupos parlamentarios como el de Los Verdes, al considerar que amenazaba la libertad en la red y que permitiría controlar la información que sale de los ordenadores de los usuarios para ver si es lícita o ilícita.
También a las redes privadas Los diputados han decidido que la legislación europea existente de protección de datos en el sector de las telecomunicaciones se aplique a las redes privadas de comunicación y no sólo a las públicas, de forma que también cubra la información recogida en los servidores de redes sociales como Facebook o Myspace.
El Pleno ha descartado además una de las medidas que más polémica habían levantado, como que las operadoras deban ponerse en contacto con los usuarios cuando éstos cometan actos ilícitos en internet, como la descarga de contenidos protegidos. Sin embargo, el ponente insistió, en rueda de prensa al término de las votaciones, que "en ningún caso se pedirá a las operadoras que actúen como policías de Internet".
En cambio, las autoridades nacionales deberán difundir, con la ayuda de los operadores, información de interés público relacionada con infracciones de los derechos de autor, distintos usos ilegales de los servicios de comunicación, la propagación de contenidos perjudiciales o consejos para proteger su privacidad.
En cuanto a las direcciones IP (información sobre el ordenador), el informe recomienda a la Comisión realizar un estudio sobre si constituye un dato privado o si se trata de una identificación que debe ser pública. Fuente: Expansión.com
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