spacer.png, 0 kB
Inicio

 

     International Commercial
                   Lawyers

 

Las empresas denuncian que el Supremo les impide recurrir
11.10.2011
El Alto Tribunal endurece los requisitos de entrada de recursos de la Audiencia Nacional y de los TSJ, que atañen a multinacionales, y los aplica retroactivamente, lo que se suma a la Ley de Agilización Procesal.

Las multinacionales también encuentran trabas para recurrir al Tribunal Supremo (TS), sobre todo, en contenciosos fiscales. El Alto Tribunal ha endurecido los requisitos de acceso a la casación para los casos que vienen de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ). Lo más grave, denuncian las empresas y sus asesores, es que el TS está aplicando el nuevo criterio de forma retroactiva, con lo que ha rechazado cerca de 1.000 recursos en los últimos meses que se habían presentado antes de que el Supremo dictara el auto que ha cambiado la doctrina sobre casación.

De esta forma, a las pymes y a los particulares, que han visto cómo su acceso alSupremo se hacía imposible con la nueva Ley de Medidas de Agilización Procesal, que eleva la cuantía de la casación a asuntos de más de 600.000 euros (ver información adjunta), se les unen ahora las multinacionales como agraviados ante las nuevas medidas que cierran el acceso al TS.

Buena parte de los asuntos contenciosos sólo tienen ya una instancia, a diferencia de los asuntos Civiles y Penales. Aunque también se verán afectados los conflictos relativos a la Competencia que salen de la Audiencia Nacional, por ejemplo.

Los nuevos requisitos que exige el auto del TS del pasado 10 de febrero son que el escrito de preparación ya no puede limitarse a decir que el futuro escrito de interposición se fundamentará en el artículo 88.1.c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa –quebrantamiento de las formas esenciales del juicio por infracción de las normas reguladoras de las sentencias–, sino que habrá de citar cuáles son esas normas que ha vulnerado la sentencia. Lo mismo ocurrirá respecto a la infracción de la jurisprudencia.

Cabe recordar las palabras del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, en la apertura del año judicial el pasado 15 de septiembre. Dívar mostró su confianza en que el proyecto de medidas de agilización procesal tendrá una influencia positiva en el funcionamiento de varias salas del Tribunal Supremo. Durante 2010, detalló Dívar, se ha producido “una notable reducción” del número de asuntos pendientes de resolución ante el Alto Tribunal hasta quedar situados en una cifra total próxima a los 24.225 asuntos y además se ha dado salida a un número equivalente al de los ingresados durante el año.

Sin embargo, las empresas y sus abogados denuncian que se está atentando contra derechos fundamentales y apuntan a que el conflicto llegará al Tribunal Constitucional (TC). Fuentes jurídicas consultadas auguran que los recursos por infracción de derechos fundamentales tienen visos de prosperar, a pesar de que el TC sólo admite cerca del 1% de los casos. Y apuntan que el propio TS se está comportando como el TC. No es sólo porque el auto se aplique de forma retroactiva. Creen que crece la incertidumbre sobre la aplicación de los nuevos criterios.

 

Fuente: Expansion.com

 
< Anterior   Siguiente >
spacer.png, 0 kB
spacer.png, 0 kB
spacer.png, 0 kB
spacer.png, 0 kB
  spacer.png, 0 kB